Las numerosas y constantes reformas que viene experimentando el texto original del Código Penal de 1995 dificultan el trabajo profesional creando dubitaciones acerca de lo que sigue vigente y lo que ha sido modificado.
Al margen de la voracidad legislativa que no cesa de introducir nuevas figuras, las más de las veces inútiles, pues bastaría en la mayoría de los casos con calificar el tipo básico introduciendo alguna circunstancia agravante, se suma a esta tarea incesante del legislador la de poner al día un Código que nació avejentado, plagado de errores técnicos e idiomáticos.
Este comentario al artículado del Código Penal ha tenido en cuenta las dos últimas reformas; por una parte, la modificación de la exención en el aborto por la LO 2/2010, de 3 de marzo, y por otra la aún más importante cuantitativa y cualitativamente de gran parte del artículado del Código, producida por la LO 5/2010, de 22 de junio.