El estudio que se hace de la cláusula de conciencia como causa de extinción del contrato de trabajo del profesional de la información, parte del escaso impacto de la Ley Orgánica 2/1997, de 19 de junio, reguladora de la misma, diez años después de su promulgación. Se analiza la empresa informativa como empresa de ideas en la que el derecho fundamental a la libertad de información se ve comprometido, así como el contexto en que hay que situar la operatividad de la cláusula de conciencia frente a cambios de los principios editoriales protegiendo la independencia de los informadores en garantía de la calidad informativa. Sin duda aparece como problemático el ejercicio de este derecho en los medios de titularidad pública, por imperativo legal plurales e independientes y, ya desde la perspectiva puramente jurídico-laboral, la naturaleza del vínculo con la empresa para poder ejercer el derecho, así como de los presupuestos habilitantes para el uso de la cláusula, las causas que lo motivan, el procedimiento a seguir, el momento de ejercitar la acción, si se trata de rescisión o resolución, sus efectos y la postura del TC al respecto.