El ETA (L. 20/2007) constituye una relevante novedad en nuestro panorama jurídico, tanto por lo que supone de originalidad en el escenario comparado como por la ausencia de antecedentes dentro de nuestro ordenamiento nacional. Por primera vez se procede a fijar un marco que aúna una regulación dirigida desde el punto de vista subjetivo al conjunto de quienes trabajan por cuenta propia, al tiempo que desde el punto de vista objetivo pretende establecer el régimen jurídico con carácter general de estos profesionales en sus muy diversas facetas de intervención. En cuanto al contenido sustantivo el Estatuto pretende incorporar una regulación genérica y global de su situación profesional, incluyendo cuatro grandes bloques: régimen profesional de la contratación desde la perspectiva individual, vertiente colectiva de defensa de sus intereses profesionales, Régimen especial de Seguridad Social y promoción del empleo autónomo. La obra incorpora el texto íntegro del Estatuto, al tiempo que lo integra por medio de la trascripción literal de variadas y múltiples remisiones que se contienen en la Ley a otras disposiciones legales y reglamentarias. Junto a ello la obra viene completada en las notas a pie de página con una referencia exhaustiva a la práctica totalidad de las disposiciones que en algún punto desarrollan o tienen conexión con el Estatuto del Trabajo Autónomo. Se completa con la reproducción íntegra de dos disposiciones reglamentarias de desarrolla se complementa con la incorporación de dos importantes disposiciones de desarrollo reglamentario: el RD 197/2009, de 23 febrero, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro y se crea el Registro Estatal de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, así como el D. 2.530/1970, de 20 agosto, por el que se Regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.