Muchas, y de distinta índole, son las novedades normativas que incorpora la presente edición. Entre ellas, las efectuadas por la Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible (procedente del RD-L 16/2001, de 27 de diciembre) y el Real Decreto-ley 5/2002, de 24 de mayo, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupación, así como por un importante número de normas reglamentarias, entre las que cabe de destacar el Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre, por las que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad y riesgo durante el embarazo y el Real Decreto 1465/2001, de 27 de diciembre, de modificación parcial del régimen jurídico de las prestaciones de muerte y supervivencia, todas ellas con efectos sobre el conjunto de regímenes —general y especiales— que integran el Sistema de la Seguridad Social. También es obligado mencionar las Leyes de Presupuestos y Acompañamiento para 2001 y 2002, con reformas importantes en innumerables materias (Planes y Fondos de Pensiones, incapacidad temporal, desempleo, jubilación, muerte y supervivencia, anticipo de prestaciones, fondo de reserva, financiación, procedimientos, procesales,...), así como, las normas anuales de cotización y revalorización y pensiones mínimas, a las que se añaden otras muchas menores que han sido tenidas en cuenta.
I. Concepto y sistema de seguridad social.— II. El concepto de accidente de trabajo.— III. El accidente de trabajo y la responsabilidad empresarial.— IV. El aseguramiento de los accidentes de trabajo.— V. La enfermedad profesional y su aseguramiento.— VI. El paro forzoso: clases y aseguramiento.— VII. Incapacidad temporal, maternidad, incapacidad permanente y muerte.— VIII. Asistencia sanitaria (Remisión).— IX. Vejez.— X. Protección a la familia.— XI. Las normas generales del Sistema y del régimen general (I).— XII. Las normas generales del Sistema y del régimen general (II).— XIII. Regímenes especiales.— XIV. Seguridad social voluntaria, asistencia social.