En la obra se estudia una figura novedosa y de extraordinario interés desde un punto de vista teórico y práctico: la neutralización de las tácticas defensivas preventivas ante una Oferta Pública de Adquisición que ha tenido éxito. La neutralización comporta que cuando en el marco de una OPA por la totalidad se materializa la adquisición por el oferente del porcentaje fijado legalmente en el capital de la sociedad afectada, se procede en ésta de manera automática, al desmantelamiento parcial de las medidas de blindaje , contractuales o estatutarias, diseñadas para desplegar su eficacia tras una OPA y por consiguiente, desincentivarla ex ante. Entre estas medidas, la más frecuente entre nosotros: la limitación del número máximo de votos por accionista. Y siempre con el presupuesto de la transparencia. Asimismo, se prevé una compensación a los afectados por la privación de los derechos especiales , en aplicación de la neutralización. Así se consagra en la Directiva 2004/25/CE de 21 de abril de 2004, relativa a las ofertas públicas de adquisición , con la que se pretende la instauración de las mismas reglas de juego para todas las sociedades comunitarias ante una OPA hostil en vistas a la creación de un mercado del control societario comunitario único, que trata de activarse desde la Unión Europea, en concreto a nivel transnacional. Pero se trata de un acuerdo de mínimos. Se configura como una medida opcional para los Estados y en su caso, facultativa para las sociedades. Con lo que se potencia la concurrencia entre ordenamientos en un ambiente de recrudecimiento del nacionalismo económico.
Conforme a los criterios comunitarios se regulan las 0201C;Medidas de neutralización opcionales0201D; en el artículo 60 ter de la Ley del Mercado de Valores en virtud de la Ley 6/2007, de 12 de abril, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, para la modificación del régimen de las ofertas públicas de adquisición y de la transparencia de los emisores y en el nuevo Real Decreto sobre el régimen de las OPAS. Entre nosotros la figura queda desdibujada.
La presente obra es pionera en España en el estudio completo de una figura poliédrica desde un planteamiento jurídico, incluido el Derecho comparado más reciente (Alemania, Francia, Gran Bretaña), pero con base en los datos y las teorías económicas y desde una atenta observación de la realidad durante un plazo de tiempo de sumo interés para nosotros: finales del 2005, el año 2006 y la primera mitad del 2007. En concreto, la batalla por ENDESA ha mostrado en primer plano la relevancia real de la figura que analizamos.
En definitiva, la obra interesa a cualquier ciudadano atento a los movimientos corporativos de las sociedades y a su impacto sobre los mercados de valores; y por supuesto, a los estudiosos y a los profesionales que quieran desentrañar una figura incardinada en el Derecho de sociedades, pero en la encrucijada del Mercado de valores.